Bruselas, 3 de abril de 2024 - La Comisión de la Unión Europea ha anunciado la liberación de la Regulación (UE) 2024/996, enmendando la Regulación de Cosméticos (CE) de la UE 1223/2009. Esta actualización regulatoria trae cambios significativos a la industria cosmética dentro de la Unión Europea. Aquí están los aspectos más destacados:
Prohibir el alcanfor de 4-metilbencilideno (4-MBC)
A partir del 1 de mayo de 2025, los cosméticos que contienen 4 MBC tendrán que ingresar al mercado de la UE. Además, a partir del 1 de mayo de 2026, la venta de cosméticos que contengan 4 MBC se prohibirá dentro del mercado de la UE.
Adición de ingredientes restringidos
Varios ingredientes estarán recientemente restringidos, incluidos alfa-arbutin (*), arbutina (*), genistein (*), daidzeína (*), ácido kojic (*), retinol (**), acetato de retinilo (**) y Palmitato de retinilo (**).
(*) Del 1 de febrero de 2025, los cosméticos que contienen estas sustancias que no cumplan con las condiciones especificadas tendrán que ingresar al mercado de la UE. Además, a partir del 1 de noviembre de 2025, la venta de cosméticos que contienen estas sustancias que no cumplan con las condiciones especificadas se prohibirá dentro del mercado de la UE.
(**) A partir del 1 de noviembre de 2025, los cosméticos que contienen estas sustancias que no cumplan con las condiciones especificadas tendrán que ingresar al mercado de la UE. Además, a partir del 1 de mayo de 2027, la venta de cosméticos que contienen estas sustancias que no cumplan con las condiciones especificadas se prohibirán dentro del mercado de la UE.
Requisitos revisados para Triclocarban y Triclosan
Los cosméticos que contienen estas sustancias, si cumplen con las condiciones aplicables antes del 23 de abril de 2024, pueden continuar comercializándose dentro de la UE hasta el 31 de diciembre de 2024. Si estos cosméticos ya se han colocado en el mercado, se pueden vender dentro de La UE hasta el 31 de octubre de 2025.
Eliminación de requisitos para el alcanfor de 4-metilbencilideno
Los requisitos para el uso de alcanfor de 4-metilbencilideno se han eliminado del Apéndice VI (lista de agentes de protección solar permitidas para cosméticos). Esta enmienda entrará en vigencia a partir del 1 de mayo de 2025.
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Tiempo de publicación: abril-10-2024