Bruselas, 3 de abril de 2024 – La Comisión Europea ha anunciado la publicación del Reglamento (UE) 2024/996, que modifica el Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos. Esta actualización regulatoria introduce cambios significativos en la industria cosmética de la Unión Europea. A continuación, se presentan los aspectos más destacados:
Prohibición del alcanfor de 4-metilbencilideno (4-MBC)
A partir del 1 de mayo de 2025, se prohibirá la entrada en el mercado de la UE de cosméticos que contengan 4-MBC. Además, a partir del 1 de mayo de 2026, se prohibirá la venta de cosméticos que contengan 4-MBC en el mercado de la UE.
Adición de ingredientes restringidos
Se restringirán recientemente varios ingredientes, incluidos alfa-arbutina(*), arbutina(*), genisteína(*), daidzeína(*), ácido kójico(*), retinol(**), acetato de retinilo(**) y palmitato de retinilo(**).
(*) A partir del 1 de febrero de 2025, se prohibirá la entrada en el mercado de la UE de cosméticos que contengan estas sustancias y que no cumplan las condiciones especificadas. Además, a partir del 1 de noviembre de 2025, se prohibirá la venta en el mercado de la UE de cosméticos que contengan estas sustancias y que no cumplan las condiciones especificadas.
(**) A partir del 1 de noviembre de 2025, se prohibirá la entrada en el mercado de la UE de cosméticos que contengan estas sustancias y que no cumplan las condiciones especificadas. Además, a partir del 1 de mayo de 2027, se prohibirá la venta en el mercado de la UE de cosméticos que contengan estas sustancias y que no cumplan las condiciones especificadas.
Requisitos revisados para el triclocarbán y el triclosán
Los cosméticos que contengan estas sustancias, si cumplen las condiciones aplicables antes del 23 de abril de 2024, podrán seguir comercializándose en la UE hasta el 31 de diciembre de 2024. Si estos cosméticos ya se han comercializado para esa fecha, podrán venderse en la UE hasta el 31 de octubre de 2025.
Eliminación de los requisitos para el alcanfor de 4-metilbencilideno
Los requisitos para el uso de 4-metilbencilideno alcanfor se han eliminado del Apéndice VI (Lista de agentes de protección solar permitidos para cosméticos). Esta modificación entrará en vigor el 1 de mayo de 2025.
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Hora de publicación: 10 de abril de 2024